El pasado lunes 3 de marzo, el Grupo de abogados 17 de Marzo elevó una demanda contra el Reino de España, al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) denunciando una posible vulneración de Derechos Fundamentales a las familias de la Corrala Utopía. En la mañana de hoy, los juristas han recibido respuesta del Alto Tribunal. El Ayuntamiento de Sevilla y la Junta de Andalucía, trasladaron, a través del Abogado del Reino de España, al TEDH las soluciones para las familias de la Corrala la Utopía al objeto de evitar que se violen los artículos 2, 3 y 4 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Sin embargo en el escrito, recibido en el día de hoy, dirigido al TEDH el Ayuntamiento de Sevilla, afirma que aunque no tiene competencias, únicamente puede ofrecer los albergues municipales de forma temporal como solución habitacional y sus servicios sociales como a cualquier persona en situación de necesidad.
Así en la respuesta del propio Ayuntamiento, traducida del inglés se expone que “El Gobierno Local de Sevilla pone sus servicios sociales a disposición de todas las familias afectadas, los cuales activarán sus recursos conforme solicitud de cualquiera de ellas y en cualquier caso aunque se lleve a cabo el desalojo judicial. Tales servicios implican en lo concerniente al presente caso, entre otros, tal como se detalla en la carta anexa a estas observaciones:
-Equipos de Intervención Familiar
-Cuidado diurno de menores (de 3 a 15 años) (recogiéndolos a la salida del colegio –o por la mañana en periodos festivos—a instalaciones especiales en donde puedan comer y recibir apoyo educativo y psicológico, así como las adecuadas actividades lúdicas y/o al aire libre).
-Apoyo del mismo tipo para adolescentes (de 13 a 16 años). -Ayuda en el trabajo doméstico.
-Ayuda económica para las necesidades básicas de la familia (comida, medicinas, higiene, material doméstico básico y ropa…).
Por último el Ayuntamiento expone que “ en carta de 10 de marzo de 2014 […], menciona que ha presentado, en beneficio de todos aquellos ocupantes ilegales que lo hubieran requerido previamente, unos informes sociales abreviados con los datos mínimos requeridos por Ibercaja a fin de aplicar el plan “Llaves Solidarias”. En cuanto a la Junta de Andalucía el Abogado del Reino de España refiere que “La Comunidad Autónoma de Andalucía está construyendo un edificio que podría estar en condiciones de uso en 7 meses, el cual se pondrá a disposición de todas aquellas ocupantes ilegales que estén en situación de necesidad social en ese momento.”.
Por otro lado el propio Abogado del Reino de España, afirma que a partir del día 18 de marzo el desalojo se puede producir en cualquier momento y que se cumple con el Convenio y solicita al alto Tribunal que no conceda la suspensión del desalojo. Asimismo los abogados del Grupo 17 de Marzo disponen hasta el lunes 17 de marzo a las 10 de la mañana para efectuar alegaciones a dichas respuestas, antes del desalojo.
Las valoración del Grupo 17 de Marzo, que expresará al TEDH el lunes, consistirán en que dichas medidas no son suficientes para garantizar el derecho habitacional de estas familias, algunas de las cuales han sido desahuciadas por la propia Emvisesa, y solicitará la suspensión del desalojo a Estrasburgo, hasta que por parte de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Sevilla se cumpla con el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
En Sevilla a 14 de marzo de 2014
Nota: se adjunta Resolución TEDH
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